Esta calculadora estima tu jubilación de ANSES con el criterio general del sistema argentino: toma el promedio de tus últimas 120 remuneraciones actualizadas y lo multiplica por 1,5% por cada año de aportes. Ingresa tu promedio y tus años de servicio y obtén un haber mensual orientativo en segundos.
¿Qué estima esta calculadora y para quién es?
La jubilación ordinaria argentina que paga ANSES se compone de la Prestación Básica Universal (PBU) más componentes que dependen de tu historia salarial. El componente central se calcula sobre el promedio de las últimas 120 remuneraciones —diez años— actualizadas con los índices oficiales, aplicando un porcentaje por cada año de aportes: el criterio general es 1,5% por año, de modo que con 30 años de servicios el porcentaje de reemplazo ronda el 45% de ese promedio, al que luego se suman la PBU y otros suplementos según el caso.
La herramienta está dirigida a trabajadores argentinos en relación de dependencia —y a quienes combinan aportes como autónomos o monotributistas— que ya tienen una estimación del promedio de sus últimas 120 remuneraciones y quieren dimensionar su haber antes de iniciar el trámite.
Cómo se usa
1. Escribe el promedio mensual de tus últimas 120 remuneraciones actualizadas. Ojo: no es tu sueldo actual ni el promedio simple de tus recibos antiguos; es el promedio que resulta después de actualizar cada remuneración histórica con los coeficientes oficiales, dato que surge de tu historia laboral en ANSES. 2. Indica tus años de aportes reconocidos. 3. Revisa el porcentaje por año: viene en 1,5%, el criterio general, y es editable para explorar escenarios. 4. Pulsa el botón y obtén el haber estimado junto con el porcentaje de reemplazo aplicado.
Ejemplo resuelto
Una trabajadora con un promedio actualizado de últimas 120 remuneraciones de $800.000 y 30 años de aportes: el porcentaje de reemplazo es 30 × 1,5% = 45%, y el haber mensual estimado resulta $360.000. Con 25 años de aportes, el mismo promedio daría un 37,5% y un haber de $300.000 —y además no alcanzaría el requisito ordinario de 30 años—. El ejemplo muestra por qué completar los años de servicio suele ser tan importante como el nivel salarial de la última década.
Casos de uso frecuentes
· Dimensionar el haber al reunir los requisitos de edad (60 años mujeres, 65 hombres) y 30 años de aportes. · Estimar el efecto de seguir trabajando unos años más sobre el porcentaje de reemplazo. · Evaluar si conviene regularizar años mediante moratorias vigentes, comparando el haber con y sin esos años. · Contrastar una primera cifra propia con la liquidación que informe ANSES al iniciar el expediente.
Limitaciones honestas
El haber real lo liquida ANSES con datos que esta calculadora no procesa: la actualización oficial de cada remuneración, la Prestación Básica Universal, la prestación compensatoria por servicios anteriores a 1994, los topes mínimo y máximo vigentes —que se ajustan por movilidad— y los suplementos por zona o por régimen especial (docentes, investigadores, trabajos insalubres, entre otros). También pueden existir períodos en discusión o aportes no registrados que cambien los años reconocidos. Por eso el resultado es una orientación de orden de magnitud, no una liquidación.
Preguntas frecuentes
¿De dónde saco el promedio de mis últimas 120 remuneraciones?
De tu Historia Laboral en el sitio de ANSES (con clave de la seguridad social) se descargan tus remuneraciones registradas; el promedio oficial las actualiza primero con índices oficiales, por lo que el promedio de los valores históricos sin actualizar será siempre menor que el que usa ANSES.
¿Qué pasa si me faltan años de aportes?
Las moratorias previsionales vigentes en distintos períodos permiten regularizar años, y también existen reconocimientos por tareas de cuidado. La disponibilidad y condiciones cambian con la normativa: verifícalo en ANSES antes de contar con ellos.
¿El haber puede ser menor que la jubilación mínima?
No: si cumples los requisitos de la jubilación ordinaria, el haber no puede quedar por debajo del haber mínimo garantizado vigente, que se actualiza por movilidad.
¿El 1,5% por año es igual para todos los períodos?
Es el criterio general de referencia. Los servicios anteriores a julio de 1994 se reconocen mediante la prestación compensatoria con reglas propias, y los regímenes especiales tienen porcentajes distintos; por eso el campo es editable y el resultado, orientativo.
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