Genera el contrato de compraventa de un coche o moto entre particulares con todos los datos esenciales: vendedor, comprador, matrícula, bastidor, precio en número y en letra, estado y cargas, entrega de llaves y documentación, y la cláusula de cambio de titularidad. Descarga el PDF listo para firmar por duplicado.
Qué es y para quién
Este generador compone el contrato privado de compraventa de vehículo que firman vendedor y comprador cuando un coche o una moto cambia de manos entre particulares. Es el documento que acredita quién vendió qué, a quién, por cuánto y en qué estado, y es la base para el cambio de titularidad en la Jefatura de Tráfico (DGT) y para resolver cualquier problema posterior: una multa que llega al antiguo dueño, un defecto que aparece a la semana o una discrepancia sobre el precio.
Está pensado para compraventas sin intermediarios en España: tú introduces los datos de ambas partes y del vehículo, y la herramienta redacta el contrato con sus cláusulas habituales y el precio escrito en letra automáticamente.
Cómo se usa
- Completa los datos del vendedor y del comprador: nombre completo, DNI/NIE, domicilio y teléfono, tal como figuran en sus documentos.
- Describe el vehículo copiando los datos del permiso de circulación y la ficha técnica: marca, modelo, matrícula, número de bastidor, año, color y kilómetros actuales.
- Indica el precio y la forma de pago; la cantidad en letra se genera sola para evitar discrepancias.
- Usa el campo de cargas o defectos con honestidad: si el coche tiene una reserva de dominio, un golpe reparado o una avería conocida, escríbelo. Si está libre de cargas, déjalo vacío y el contrato lo declarará expresamente.
- Revisa la vista previa, descarga el PDF e imprimid dos originales para firmar ambos en el momento de la entrega.
Ejemplo resuelto
Pedro vende su Seat León 1.5 TSI de 2020 (matrícula 4321-LMN, 98.500 km) a Sara por 9.500 €. El contrato generado identifica a ambos con sus DNI, describe el coche con su bastidor, fija el precio «NUEVE MIL QUINIENTOS EUROS» pagado por transferencia, declara el vehículo libre de cargas —salvo un golpe leve reparado que Pedro anota en el campo de defectos—, deja constancia de la entrega de llaves y documentación y obliga a Sara a realizar el cambio de titularidad en el plazo legal, con los gastos a su cargo. Firmados los dos originales junto al coche, cada parte se lleva su copia con total seguridad jurídica básica.
Casos de uso habituales
- Coches de segunda mano entre particulares: el caso clásico de los portales de anuncios.
- Motos, furgonetas y caravanas: el mismo contrato sirve cambiando la descripción del vehículo.
- Ventas dentro de la familia: aunque haya confianza, el contrato ordena el trámite y evita problemas con multas y impuestos.
- Ventas con pago aplazado parcial: anota en cargas/condiciones la cantidad pendiente y su fecha; para importes altos, valora reforzarlo con un pagaré.
Limitaciones honestas
- El contrato es un modelo privado estándar: no comprueba que el vendedor sea el titular registral ni que el coche no tenga cargas reales; pide un informe de la DGT si el importe lo justifica.
- La herramienta no realiza el cambio de titularidad ni liquida el Impuesto de Transmisiones: son trámites posteriores ante Tráfico y tu comunidad autónoma.
- En ventas entre empresas o con financiación, intervienen requisitos adicionales que este modelo no cubre.
Herramienta orientativa: los resultados son una estimación y no constituyen asesoría fiscal, legal ni sanitaria. Verifica siempre los parámetros vigentes.
Preguntas frecuentes
¿Qué documentos deben acompañar al contrato?
El permiso de circulación, la ficha técnica (tarjeta ITV) con la inspección en vigor, y el DNI de ambas partes. Es muy recomendable pedir también el informe reducido (gratuito) o completo de la DGT para verificar cargas antes de pagar.
¿Quién paga el cambio de titularidad y el impuesto?
Por costumbre y por la cláusula cuarta de este modelo, los paga el comprador: el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (modelo 620/621 según la comunidad) y la tasa de Tráfico. Las partes pueden pactar otra cosa por escrito.
¿Cuánto tiempo hay para cambiar la titularidad?
En España, el comprador dispone de un plazo máximo de 30 días desde la compra. Al vendedor le conviene además notificar la venta a la DGT para dejar de ser responsable de multas e impuestos desde ese momento.
¿Sirve el contrato si luego aparece una avería grave?
El contrato es la pieza clave: entre particulares, el vendedor responde de los vicios ocultos que ya existían y no se declararon (acción de saneamiento, seis meses según el Código Civil). Por eso el campo de defectos conocidos protege a ambas partes si se rellena con honestidad.
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