La asignación familiar es un monto fijo que se suma a tu sueldo si tienes hijos a tu cargo: equivale al 10 % de la remuneración mínima vital, sin importar cuánto ganes. Esta calculadora te da el monto mensual y anual con la RMV vigente (2025: S/ 1.130, editable) y te ayuda a comprobar los requisitos.
Cómo se calcula la asignación familiar
La asignación familiar (Ley 25129) es uno de los cálculos más simples de la planilla peruana: equivale al 10 % de la remuneración mínima vital vigente, se paga una sola vez por trabajador —no por cada hijo— y no depende del nivel del sueldo. Con la RMV de 2025 fijada en S/ 1.130, la asignación es S/ 113,00 mensuales. Si la RMV sube, la asignación sube automáticamente en la misma proporción, porque su base es la RMV del momento del pago.
Corresponde a los trabajadores del régimen laboral privado cuyas remuneraciones no se regulan por convenio colectivo, que tengan hijos menores de 18 años a su cargo; si el hijo sigue estudios superiores o universitarios, el derecho se extiende hasta los 24 años. También aplica respecto de hijos con discapacidad debidamente acreditada. Para cobrarla hay que acreditar el vínculo ante el empleador —partida de nacimiento o DNI del menor— y el pago corre desde que se presenta la acreditación. Además, la asignación forma parte de la base de cálculo de la CTS y de las gratificaciones, así que su efecto real es algo mayor que los S/ 113 del mes.
Cómo se usa, paso a paso
- Confirma la RMV vigente (2025: S/ 1.130) y cámbiala si el Gobierno fija una nueva.
- Marca si tienes hijos menores de 18 años o estudiantes hasta los 24: es el requisito central.
- Indica si tu sueldo se regula por convenio colectivo, supuesto en el que la asignación legal puede no proceder.
- Lee el monto mensual y la proyección por los meses que elijas, y verifica que figure como concepto en tu boleta.
Ejemplo resuelto
Una trabajadora con dos hijos en edad escolar y sueldo de S/ 2.800: su asignación familiar es 10 % × 1.130 = S/ 113,00 al mes, ni un sol más por tener dos hijos en vez de uno, porque el monto es único por trabajador. En un año completo suma S/ 1.356 adicionales, y como integra la remuneración computable, también eleva ligeramente su CTS y sus gratificaciones. Si la RMV subiera a S/ 1.200, la asignación pasaría automáticamente a S/ 120,00 sin necesidad de ningún trámite adicional.
Casos de uso frecuentes
- Nuevos padres en planilla: saber cuánto se sumará a tu sueldo y desde cuándo, al acreditar el nacimiento.
- Revisión de boleta: comprobar que el concepto de asignación familiar figure si tienes hijos a tu cargo.
- Hijos que cumplen 18 estudiando: verificar hasta qué edad se mantiene el derecho si siguen estudios superiores.
- Cambio de RMV: recalcular el monto actualizado en cuanto se publique la nueva remuneración mínima.
Limitaciones honestas
La calculadora aplica el porcentaje legal sobre la RMV que introduces; no verifica por ti los documentos de acreditación ni las situaciones que suspenden o extinguen el derecho, como que el hijo cumpla la edad límite sin estudiar, que ambos padres trabajen para el mismo empleador (solo la cobra uno de ellos si así se pacta según la norma aplicable) o que la remuneración pase a regularse por convenio colectivo. Los trabajadores de regímenes especiales (agrario, MYPE con sus propias reglas, sector público) pueden tener tratamientos distintos que esta herramienta no modela.
Herramienta orientativa: los resultados son una estimación y no constituyen asesoría fiscal, legal ni sanitaria. Verifica siempre los parámetros vigentes.
Preguntas frecuentes
¿Se cobra un monto por cada hijo?
No. La asignación familiar es un monto único por trabajador (10 % de la RMV) así tengas uno o cinco hijos a tu cargo. Lo que sí cambia con más hijos es nada en este concepto: la ayuda adicional viene por otras vías.
¿Desde cuándo me la deben pagar?
Desde que acreditas ante tu empleador tener hijos a tu cargo, con la partida de nacimiento o el DNI del menor. Si demoras la acreditación, el empleador no está obligado a pagar retroactivamente los meses anteriores a la presentación.
¿La asignación familiar entra al cálculo de la CTS y la gratificación?
Sí. Es un concepto remunerativo y permanente, por lo que integra la remuneración computable de la CTS y sirve de base para las gratificaciones de julio y diciembre.
¿Qué pasa cuando mi hijo cumple 18 años?
El derecho se extingue, salvo que el hijo curse estudios de educación superior o universitaria, caso en el que se mantiene hasta que cumpla 24 años, acreditando la constancia de estudios correspondiente.
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